Da 5 Desarrollo del contrato para formación y aprendizaje y bases de formación profesional dual
- Norma vigente hasta el 17 de diciembre de 2025. No obstante, mantendrá su vigencia en lo referido a la formación profesional dual educativa, en los ámbitos en los que se esté aplicando, hasta el 31 de diciembre de 2028, periodo transitorio previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, tal y como se establece en el Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre. - Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
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»D.A. 5ª. Adaptación de los requisitos para la acreditación de empresas de menos de 5 trabajadores.
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Reglamentariamente se regulará la modulación de los requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamientos al número de trabajadores a formar, cuando una empresa de menos de 5 trabajadores, solicite la acreditación para la impartición de certificados de profesionalidad de nivel 1 a sus propios trabajadores a través del contrato para la formación y el aprendizaje.
