Da 5 desarrollo de la gestion de plazas turisticas desarrollo Modificación de la Ley 8/2012 de turismo
Da 5 desarrollo de la gestion de plazas turisticas desarrollo Modificación de la Ley 8/2012 de turismo
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»D.A. 5ª Desarrollo de la gestión de plazas turísticas
Vigente
Por lo que se refiere a la gestión de las plazas turísticas a que se refieren los artículo 85, 87, 88 y 91 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears, serán las administraciones competentes en ordenación urbanística las que desarrollarán las determinaciones previstas en estos artículos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2017 en vigor desde 01-08-2017