Da 5 Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Aragón
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA.Personal del servicio de admisión en establecimientos públicos.
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Excepcionalmente durante el año 2012, podrán obtener la acreditación como personal del servicio de admisión en establecimientos públicos quienes, justificando su contratación con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, cumplan todos los requisitos establecidos en el artículo 13 de la citada norma, con la excepción del relativo a la titulación académica.
Modificaciones
- Artículo modificado (Disposición adicional quinta) por Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
(BOE de 17-04-2012) en vigor desde 20-03-2012
