Da 5 evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales
D.A. 5ª. Protección de datos de carácter personal.
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1. Los tratamientos de datos personales que se deriven del procedimiento se llevarán a cabo conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los derechos de acceso, rectificación y supresión se ejercitarán conforme a la normativa referida en el párrafo anterior.
2. El responsable del tratamiento de los datos personales es la Secretaría General de Formación Profesional en el ámbito competencial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para la finalidad descrita en este real decreto, la evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral por vías no formales de formación y aprendizajes informales, así como para la información, orientación, asesoramiento para la consecución de la acreditación.
3. La base jurídica principal del tratamiento de acuerdo con el objetivo y finalidad del presente real decreto es el cumplimiento de una obligación legal, así como el ejercicio de poderes públicos en el cumplimiento de una misión realizada en interés público de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6.1.c), 6.1.d) y 6.1.e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
4. Los datos recogidos proceden del interesado y se limitarán a los necesarios para el cumplimiento de las finalidades descritas, de acuerdo con el principio de minimización de datos no hay cesión de datos ni transferencias internacionales.
5. El periodo de conservación de los datos será durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades.
6. El responsable del tratamiento garantizará la aplicación de las medidas de seguridad preceptivas en cumplimiento del Real Decreto 311/2022 de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
