D.A. 5ª. Bonificaciones de las tasas.
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Las entidades locales podrán aprobar bonificaciones extraordinarias sobre la cuantía de las tasas municipales establecidas en virtud de la Sección 3.ª del Capítulo III del Título II de esta Norma Foral.
Estas bonificaciones deberán estar motivadas por razones excepcionales o de urgencia y, en particular, por la crisis sanitaria provocada por la COVID-19.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 5ª (se añade)) por NORMA FORAL 8/2022, de 20 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones tributarias.
(BI de 29-07-2022) en vigor desde 29-07-2022
