Da 5 Igualdad de Mujeres y Hombres Bizkaia
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»D.A. 5ª. El Consejo de Mujeres de Bizkaia
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En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Norma Foral, los órganos competentes en la Diputación Foral de Bizkaia elaborarán un desarrollo Reglamentario del Consejo de Mujeres de Bizkaia, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18.3 de la presente Norma Foral.
