Da 5 Impuesto sobre el Patrimonio de Navarra
Da 5 Impuesto sobre el Pa...de Navarra

Da 5 Impuesto sobre el Patrimonio de Navarra

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 5ª. Equiparación de las parejas estables a los cónyuges

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A efectos de lo previsto en la normativa de este impuesto, los miembros de una pareja estable se equipararán a los cónyuges cuando así lo hayan solicitado y se cumplan los requisitos señalados en la Disposición adicional vigesimoprimera de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.

De conformidad con ello, cuantas menciones se efectúen en dicha normativa a las parejas estables se entenderán referidas solamente a las parejas estables a que se refiere el párrafo anterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-12-1992 en vigor desde 01-01-1993