Da 5 Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores»
D.A. 5ª. Normas UNE para la aplicación de la ITC AEM 1 «Ascensores».
En el anexo XII de la presente ITC se recoge el listado de las normas UNE, identificadas por su título y numeración que, de manera total o parcial, se prescriben para el cumplimiento de los requisitos incluidos en la misma.
Las concretas ediciones de las normas UNE que figuran en el anexo seguirán siendo válidas para la correcta aplicación de la ITC, incluso aunque hayan sido aprobadas y publicadas ediciones posteriores de las normas, en tanto no se publique en el «Boletín Oficial del Estado» la orden del titular del Ministerio de Industria y Turismo que actualice el citado anexo XII.
La misma orden ministerial indicará las nuevas referencias y la fecha a partir de la cual serán de aplicación las nuevas ediciones y, en consecuencia, la fecha en que las antiguas ediciones dejarán de serlo.
No obstante lo anterior, cuando no haya recaído dicha orden, se entenderá que también cumple las condiciones reglamentarias, la edición de la norma posterior a la que figure en el listado de normas, siempre que la misma se haya publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.