D.A. 5ª. Instalaciones de almacenaje eléctrico independiente mediante baterías
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1. Las instalaciones de almacenaje eléctrico independientes mediante baterías (stand-alone) se autorizan siguiendo el procedimiento que establece el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, o norma que lo sustituya.
2. La evaluación ambiental del proyecto efectuada en el procedimiento de autorización energética tiene la consideración de informe sectorial en el procedimiento urbanístico, a menos que se hayan introducido cambios en el proyecto.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 5ª (se añade)) por Decreto ley 22/2025, de 28 de octubre, para aumentar la resiliencia del suministro eléctrico en Cataluña
(GC de 30-10-2025) en vigor desde 31-10-2025 - Modificación realizada (D.A. 5ª (queda sin efecto por derogación del Decreto-ley 12/2025)) por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de derogación del Decreto ley 12/2025, de 3 de junio, para aumentar la resiliencia del suministro eléctrico en Cataluña
(GC de 28-07-2025) en vigor desde 21-07-2025 - Artículo modificado (D.A. 5ª (se añade)) por Decreto ley 12/2025, de 3 de junio, para aumentar la resiliencia del suministro eléctrico en Cataluña.
(GC de 05-06-2025) en vigor desde 06-06-2025
