Da 5 Medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público aragonés
D.A. 5ª. Enseñanza concertada.
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1. En lo relativo a los incrementos retributivos del personal docente de la enseñanza concertada, a lo largo del ejercicio 2019, se hará frente a las obligaciones salariales derivadas del cumplimiento del VI convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, aprobado por Resolución de 30 de julio de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica dicho convenio ("Boletín Oficial del Estado", de 17 de agosto de 2013), en su disposición transitoria primera y el artículo 53.3, que regula el pago de los salarios entre los años 2015 y 2019, así como al acuerdo de 28 de junio de 2018 de la mesa sectorial de enseñanza concertada para la regularización y mejora retributiva del personal docente de educación privada concertada en la Comunidad Autónoma de Aragón, previas las actualizaciones que correspondan. De manera análoga, se procederá con el personal docente vinculado a los centros de Educación especial, a través del XIV convenio colectivo general de centros de atención a personas con discapacidad, publicado en el "Boletín Oficial del Estado", del 9 de octubre de 2012.
2. En todo caso, el procedimiento, tiempo y forma de ejecución de lo previsto en el párrafo anterior a través del complemento autonómico, serán objeto de acuerdo de la mesa sectorial de enseñanza concertada y de conformidad con las disponibilidades presupuestarias del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Para ello, se habilita al Gobierno de Aragón a que, a la vista de los acuerdos que se puedan alcanzar, se articulen los mecanismos precisos para dar cobertura presupuestaria a los mismos.
3. De acuerdo con el apartado tercero del Acuerdo para actualizar y regularizar las retribuciones del personal docente en pago delegado en la Comunidad Autónoma de Aragón ajustándolas a las tablas salariales del VI convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, publicado por Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Dirección General de Trabajo ("Boletín Oficial del Estado" de 13 de agosto), el complemento autonómico para 2018 se recalculará, una vez aprobadas las tablas salariales del VI convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, con efectos desde 1 de enero de 2018, y se actualizará conforme al porcentaje que hayan experimentado las mismas.
4. Por Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Dirección General de Trabajo ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de agosto), se registran y publican las tablas salariales del personal docente en pago delegado para el año 2018 del VI convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, por lo que las retribuciones del personal docente en pago delegado de la enseñanza concertada experimentarán un incremento lineal de un 1,625 por ciento en la parte correspondiente a salario, con respecto a las cuantías vigentes por este concepto a 31 de diciembre de 2017.
