Da 5 Mejora de la estructura territorial agraria
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»D.A. 5ª. Vigencia de la declaración de impacto ambiental en el marco de los procesos de reestructuración parcelaria.
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La declaración de impacto ambiental de los proyectos de concentración parcelaria en el marco de los procesos de reestructuración parcelaria perderá su vigencia y cesará la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no hubiese comenzado la ejecución del proyecto en el plazo de seis años.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 5ª (se añade)) por LEY 7/2019, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(G de 27-12-2019) en vigor desde 01-01-2020
