Da 5 Ordenación y Participación en la Gestión del Agua
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DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Determinación de la tarifa del canon de saneamiento.

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1. De conformidad con lo establecido en el artículo 58 de esta Ley, se establece la siguiente tarifa en el canon de saneamiento:

  1. Usos domésticos:

    • Componente fijo: 1,90 euros por sujeto pasivo y mes.

    • Tipo aplicable por volumen de agua: 0,23 euros por metro cúbico por el coeficiente corrector determinado reglamentariamente.

  2. Usos industriales:

    • Componente fijo: 7,57 euros por sujeto pasivo y mes.

    • Tipo aplicable por carga contaminante: 0,23 euros por metro cúbico por el coeficiente corrector determinado reglamentariamente.

2. Reglamentariamente se definirán los términos de carga contaminante anteriores, sus métodos de medición y análisis y el coeficiente corrector.

3. En los sistemas de aforo colectivo, se devengará el componente fijo tantas veces como viviendas o locales estén conectados a ellos.

4. Los componentes fijos de la tarifa y los tipos aplicables se actualizarán mediante las leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma.

Modificaciones