Da 5 Ordenación de transportes terrestres
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»D.A. 5ª
Vigente
1. La Ley de Presupuestos de cada ejercicio podrá modificar las tarifas y demás elementos de cuantificación aplicables a las tasas reguladas en la presente Ley.
2. Se autoriza al Gobierno para actualizar las cuantías pecuniarias establecidas en la presente Ley, a fin de adecuarlas a los cambios de valor adquisitivo de la moneda, según los índices oficiales del Instituto Nacional de Estadística.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-1987 en vigor desde 31-07-1987