Da 5 Plan de Ordenación del Litoral
- El Plan de ordenación del litoral de Galicia pasará a denominarse «Plan de ordenación costera de Galicia» y deberá ser revisado, para su adaptación a la Ley 4/2023, de 6 de julio, en el plazo de dos años a contar desde el 2 de agosto de 2023, fecha de entrada en vigor de la citada ley. - LEY 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia.
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Guía de estudios de impacto e integración paisajística.
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En el plazo de 12 meses desde la aprobación definitiva del Plan de Ordenación del Litoral, la consellería competente en materia de medio ambiente realizará una Guía para la elaboración de los estudios de impacto e integración paisajística.
La citada guía contendrá, entre otras cuestiones, una descripción detallada de sus contenidos, incorporando, asimismo, las especificaciones detalladas de sus contenidos dentro del marco de la evaluación ambiental de los planes y programas.
