Da 5 Plan territorial sectorial de vivienda y desarrollo del objetivo de solidaridad urbana previsto en la Ley 18/2007, del derecho a la vivienda
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»D.A. 5ª. Cumplimiento del Plan territorial sectorial de vivienda
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De acuerdo con la disposición adicional tercera de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, el Gobierno debe presentar cada año, coincidiendo con la presentación en sede parlamentaria de la liquidación del presupuesto del año anterior, una auditoría que analice el estado de cumplimiento del Plan territorial sectorial de vivienda.
