Da 5 Presupuestaria de las Entidades Locales del THA
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el caso de que una Entidad Local del Territorio Histórico de Álava, dada su situación presupuestaria y financiera, solicitara a la Diputación Foral de Álava un plan de viabilidad para responder tanto al mantenimiento ordinario de los servicios públicos esenciales como al pago de su carga financiera, el departamento foral competente en administración local elaborará conjuntamente con la Entidad Local un plan especifico de viabilidad presupuestaria y financiera.
El citado plan deberá ser aprobado por el Pleno de la Entidad Local, informado por el Consejo Territorial de Administración Local y Finanzas del Territorio Histórico de Álava y remitido como proyecto de norma foral a las Juntas Generales para su aprobación definitiva.
- Artículo modificado (adicional quinta) por Norma Foral 5/2012, de 16 de abril, de modificación de la Norma Foral 3/2004, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava.
(Boletín Oficial de Alava de 25-04-2012) en vigor desde 25-04-2012
