Da 5 Presupuestos 2007 C. León
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»D.A. 5ª.-Universidades.
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De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades la Consejería de Educación, previo informe de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios de la Consejería de Hacienda, autorizará los costes de personal docente y no docente de las Universidades. A tal efecto, éstas acompañarán al estado de gastos de sus presupuestos la plantilla del personal de todas las categorías de la Universidad, especificando la totalidad de los costes de la misma.
