Da 5 Presupuestos 2011 Euskadi
D.A. 5ª.- Impulso a la financiación de las empresas vascas.
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Copiloto jurídico
1.- Se autoriza al Gobierno a aprobar, a propuesta del Departamento de Economía y Hacienda, un programa específico de apoyo al acceso a la financiación de las empresas vascas mediante el establecimiento una línea plurianual de financiación a empresarios individuales, autónomos, pequeñas y medianas empresas, con una dotación máxima de 500.000.000 de euros. Dicha línea estará encaminada a atender sus necesidades de circulante, la renovación de la deuda a corto plazo y la adecuación de deuda a corto plazo en deuda a medio y largo plazo, y, en su caso, otras actuaciones de naturaleza financiera que supongan una aceleración de sus planes de inversión. Las condiciones de los créditos y préstamos serán acordadas por el Gobierno o, en su caso, el Instituto Vasco de Finanzas con las entidades financieras y sociedades de garantía recíproca.
2.- El Consejo de Gobierno, asimismo, determinará las condiciones de acceso al crédito, los beneficiarios, la disponibilidad de los recursos, tipos de interés, plazos y demás características del programa.
3.- La instrumentación de dichas medidas podrá realizarse a través del Instituto Vasco de Finanzas y en el marco de los convenios suscritos al amparo de lo establecido en el apartado 2 del artículo 15 de la presente ley.
4.- Asimismo, también será de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la presente ley.
5.- Se autoriza al Departamento de Economía y Hacienda a efectuar las modificaciones presupuestarias que sean precisas derivadas de la presente disposición adicional, tanto en los presupuestos de la Administración General como en los de su Administración Institucional.
