Da 5 Presupuestos 2012 I Balears

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D.A. 5ª. Plan de estabilidad laboral

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1. La disposición transitoria octava de la Ley 2/1989, de 22 de febrero, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, introducida mediante la disposición adicional decimoctava de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública, se man tiene vigente hasta que se despliegue completamente.

2. La preferencia de los bolsines específicos previstos en el apartado 5 de la mencionada disposición adicional, sobre cualesquiera otros previstos en la normativa de selección de personal funcionario interino y de personal laboral de duración determinada, finaliza el 1 de enero de 2012, salvo los bolsines forma dos a partir de las convocatorias derivadas del Plan de estabilidad laboral que se hagan después de la entrada en vigor de esta ley, los cuales tienen preferencia durante un año desde la fecha de publicación de la resolución de las personas que hayan aprobado en cada convocatoria.