Da 5 Reglamento del Impuesto sobre Sociedades -Gipuzkoa-
D.A. 5ª. Porcentaje de retención e ingreso a cuenta para 2014 y 2015.
1. Con efectos desde 1 de enero a 31 de diciembre de 2014, ambos inclusive, el porcentaje de retención e ingreso a cuenta a que se refieren las letras a), c) y d) del artículo 56 de este Reglamento será del 21 por 100.
2. Desde 1 de enero hasta 11 de julio de 2015, el porcentaje de retención e ingreso a cuenta a que se refiere la letra a) del artículo 55 de este Reglamento será del 20 por 100. Dicho porcentaje será el 19,5 por 100 desde el 12 de julio al 31 de diciembre de 2015.
3. Desde el 1 de enero hasta la entrada en vigor del Decreto Foral 79/2015, de 1 de septiembre, el porcentaje de retención e ingreso a cuenta a que se refieren las letras c) y d) del artículo 55 de este Reglamento será del 20 por 100. Dicho porcentaje será el 19,5 por 100 desde la entrada en vigor del Decreto Foral 79/2015 hasta 31 de diciembre de 2015.
(NOTA: Disposición con efectos a partir del 1 de enero de 2015)
- Modificación realizada (D.A. 5ª (apdo. 3)) por DECRETO FORAL 79/2015, de 1 de septiembre, por el que se modifican para 2015 los tipos de retención e ingreso a cuenta derivados del arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles y de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva.
(BOG de 02-09-2015) en vigor desde 02-09-2015 - Artículo modificado por DECRETO FORAL 73/2015, de 28 de julio, por el que se modifican para 2015 determinados tipos de retención e ingreso a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.
(BOG de 30-07-2015) en vigor desde 31-07-2015