Da 5 Suelo y Urbanismo
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DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Actualización de las multas urbanísticas.

Vigente

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A partir de la entrada en vigor de esta Ley, la cuantía de las multas en ella señaladas como fijas se podrá actualizar por orden del consejero competente en materia de urbanismo del Gobierno Vasco, en función de la evolución del índice de costes del sector de construcción de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 20-09-2006