Da 5 TR. Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado
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»D.A. 5ª. Extensión de la acción protectora a anteriores cónyuges y parejas de hecho.
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A los efectos de la acción protectora que esta Ley dispensa a los viudos, se considerarán asimilados a los mismos quienes perciban pensión de viudedad de Clases Pasivas por haber sido cónyuges legítimos o parejas de hecho de funcionarios incluidos en el campo de aplicación del Mutualismo Administrativo.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.
(BOE de 24-12-2008) en vigor desde 01-01-2009
