Da 5 TR. del Régimen Económico y Presupuestario
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»D.A. 5ª. Anticipos reintegrables concedidos mediante convenio por otras Administraciones públicas.
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Los anticipos reintegrables concedidos al Principado de Asturias través de convenio por otras Administraciones públicas para la financiación de inversiones no tendrán la consideración de deuda pública ni de operación de crédito a los efectos de esta Ley.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 5ª (se añade)) por Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de acompañamiento a los presupuestos Generales para 2009.
en vigor desde 01-01-2009
