Da 5 zonas de proteccion pesquera zonas Pesca Marítima y Acuicultura de Murcia
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»D.A. 5ª- Zonas de Protección Pesquera.
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Sin perjuicio de la adopción de las disposiciones o resoluciones que en su caso sean necesarias para su mejor adecuación a lo dispuesto en la presente Ley, se considerarán Zonas de Protección Pesquera del litoral marítimo de la Región de Murcia, las siguientes:
a) Reserva Marina de Cabo de PalosIslas Hormigas (Decreto 15/1995, de 31 de marzo).
b) Los arrecifes artificiales existentes en aguas interiores de Murcia.
