Articulo 6 Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra
Ver Indice
»D.A. 6ª.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambas Administraciones, de común acuerdo, establecerán anualmente, mediante la aplicación de un conjunto de módulos, la valoración del coste de las competencias ejercidas por la Comunidad Foral de Navarra en materia de policía, teniendo en cuenta su ejercicio efectivo.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 6ª) por LEY 25/2003, de 15 de julio, por la que se aprueba la modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
(BOE de 16-07-2003) en vigor desde 17-07-2003
