Da 6 Coordinación de las policías locales
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D.A. 6ª. Delitos de odio motivados por la orientación sexual o la identidad de género

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Tiempo de lectura: 2 min

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Es un objetivo prioritario de las fuerzas y cuerpos de seguridad, y en especial de las policías locales de las Illes Balears, la lucha contra los delitos de odio. Para llevar a cabo esta tarea, los órganos de coordinación y el resto de órganos deberán desarrollar de forma prescriptiva tres ejes básicos relacionados con los delitos de odio motivados por la orientación sexual o la identidad de género:

1. Formación de los cuerpos de policía local.

Los planes de formación básica y permanente de los cuerpos de policía local de las Illes Balears deberán incluir acciones formativas en las que específicamente se recoja el tratamiento del derecho a la igualdad y a la no discriminación de las personas LGTBI, en especial de las personas transexuales.

2. Protocolo de atención policial ante delitos de odio.

La comunidad autónoma de las Illes Balears, en el ámbito de su competencia y conjuntamente con los ayuntamientos, impulsará un protocolo de atención a las víctimas de los delitos de odio en las policías locales de los diferentes municipios.

3. Orden público y privación de libertad.

En este ámbito se establecerán medidas para garantizar un tratamiento y una estancia adecuados de las personas LGTBI en las dependencias policiales.

Se establecerán pautas de identificación y registro para personas transexuales de acuerdo con la identidad sentida. En todo momento los agentes policiales se dirigirán a las personas transexuales y transgénero por sus apellidos o por el nombre con el que quieran ser identificados.

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