Da 6 Desarrollo de la Ley 32/2006, subcontratación en el Sector de la Construcción
Ver Indice
»D.A. 6ª. Evaluación de las disposiciones de este real decreto.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el plazo de tres años desde la entrada en vigor de este real decreto, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, previa consulta a las comunidades autónomas y a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el Sector de la Construcción, evaluará el funcionamiento de las disposiciones de este real decreto, con objeto de valorar la necesidad de su modificación.
