Da 6 Fundaciones Valencianas
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Rendiciones de cuentas.
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Las fundaciones deberán presentar los documentos a que se refieren los apartados 3, 6 y 9 del artículo 21 de esta Ley, con los requisitos exigidos por los mismos, a partir del ejercicio siguiente a aquel en que entre en vigor la presente Ley.
