Da 6 Movilidad Sostenible

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D.A. 6ª. Estrategia Estatal de impulso del uso de la bicicleta.

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1. El Gobierno dispondrá de una Estrategia Estatal de impulso del uso de la bicicleta, cuya elaboración, coordinación, seguimiento y actualización corresponderá al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. En el marco de esta estrategia se promoverá la implementación, en coordinación con el resto de las administraciones y actores implicados, de políticas públicas y entornos colaborativos para que, por parte de las distintas administraciones públicas en el ámbito de sus competencias, se fomente el uso de la bicicleta con la finalidad de:

a) Promocionar el uso de este modo de transporte siguiendo principios de seguridad, sostenibilidad y eficiencia, contribuyendo al objetivo de lograr una economía baja en carbono, con menor gasto energético, menos emisiones, así como más productiva y saludable.

b) Coordinar e impulsar las diferentes políticas y acciones en torno a la promoción de este modo de transporte como elemento relevante de la movilidad cotidiana, valorando su potencial en el último tramo del reparto de mercancías.

c) Fomentar el cicloturismo, proteger la bicicleta como actividad de ocio y deporte y promocionar sus beneficios para la salud como elemento de movilidad activa.

d) Impulsar medidas que permitan aprovechar el potencial de la industria de la bicicleta y sus sectores asociados como herramienta de creación de puestos de trabajo en un contexto de crecimiento económico sostenible.

e) Promocionar la intermodalidad entre la bicicleta y los diferentes medios de transporte públicos, especialmente en lo que se refiere a la instalación de aparcamientos para ciclos y servicios públicos de bicicletas compartidas en intercambiadores, estaciones y paradas de medios de transporte colectivos.

2. La Estrategia incluirá los mecanismos necesarios para su gobernanza y para su financiación. Asimismo, en dicha Estrategia se definirán los criterios e indicadores a tener en cuenta para realizar su seguimiento y analizar su evolución, de modo que pueda evaluarse su efectividad y adaptarse a las necesidades de la sociedad. Su revisión y actualización se llevarán a cabo cada 5 años.

3. Corresponde al Consejo de Ministros la aprobación de la Estrategia Estatal de impulso del uso de la bicicleta, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

4. Las administraciones públicas podrán colaborar en la promoción de vías ciclistas que cumplan los criterios apropiados de seguridad, continuidad y calidad y que ayuden a vertebrar el territorio, sometiéndolas a las auditorías de calidad y seguridad establecidas en el ordenamiento vigente. Mediante las herramientas de gobernanza establecidas en la Estrategia Estatal se coordinarán las medidas necesarias para tal fin.

5. El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible pondrá a disposición de todas las administraciones públicas criterios técnicos para la planificación, el diseño, la construcción y el mantenimiento de infraestructuras y equipamientos ciclistas con estándares y criterios de calidad. Asimismo, impulsará el uso de dichos criterios con el objeto de conseguir una circulación ciclista segura.