Da 6 Presupuesto del Territorio Histórico de Álava
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»D.A. 6ª. Modificación de la Norma Foral 3/2004, de 9 de febrero, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava.
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Se modifica el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 70 de la Norma Foral 3/2004, de 9 de febrero, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava, que queda redactado de la siguiente manera:
4. Sin perjuicio de lo anterior, cuando exista una discrepancia, la presidencia de la entidad local podrá solicitar informe al departamento competente en materia de tutela financiera de la Diputación Foral de Álava, conforme al procedimiento que reglamentariamente se establezca.
