Da 6 Régimen fiscal de la...de Bizkaia

Da 6 Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo de Bizkaia

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D.A. 6ª. Fundaciones de entidades religiosas

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Lo dispuesto en esta Norma Foral se entiende sin perjuicio de lo establecido en los acuerdos con la Iglesia Católica y en los acuerdos y convenios de cooperación suscritos por el Estado con las iglesias, confesiones y comunidades religiosas, así como en las normas dictadas para su aplicación, para las fundaciones propias de estas entidades, que podrán optar por el régimen fiscal establecido en los artículos 7 a 26 de esta Norma Foral, siempre que en este último caso presenten la certificación de su inscripción en el Registro de Entidades Religiosas, y cumplan el requisito establecido en el número 4º. del artículo 5 de esta Norma Foral.