Da 6 Reglamento de equipos a presión
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»D.A. 6ª. Competencias del Ministerio de Defensa.
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Las competencias administrativas en relación con los equipos a presión afectos a los servicios de la Defensa Nacional corresponden a las autoridades del Ministerio de Defensa, sin perjuicio de la asistencia que las mismas puedan solicitar de las diferentes administraciones públicas.
