Da 6 Reglamento General P...upuestaria

Da 6 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria

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D.A. 6ª.-Límites competenciales, por razón de la cuantía, de los órganos de la Diputación Foral de Bizkaia, para la disposición de gastos derivados de las actuaciones de la propia Diputación Foral de Bizkaia.

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La disposición de gastos derivados de las actuaciones forales, previa consignación presupuestaria, con sujeción a los requisitos establecidos en la normativa vigente, y sin perjuicio de lo establecido en disposiciones específicas, corresponde a:

- La Diputación Foral, cuando la cuantía del gasto supere los 3.000.000 de euros.

- El Diputado o Diputada General, cuando la cuantía del gasto no supere los 3.000.000 de euros.

- Los diputados o las diputadas forales, cuando la cuantía de los gastos no supere los 2.000.000 de euros.