Da 6 Salud pública de Cataluña

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DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Supresión de las casas de socorro.

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Se suprimen las casas de socorro a que se refiere la disposición adicional tercera de la Ley 7/2003 y, en consecuencia, se amortizan automáticamente las plazas de funcionarios que están adscritas a estas.