Da 6 TR. de la Ley de Comarcalización
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»D.A. 6ª. Utilización de instalaciones municipales por la comarca.
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Con la conformidad del municipio interesado y mediante la formalización del correspondiente convenio, la comarca podrá optar por utilizar los servicios propios de aquél, para prestar sus competencias propias, en todo o en parte.
