Da 6 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria
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»D.A. 6ª. Personal.
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La gestión del personal del sector público foral se regirá por las disposiciones que le sean aplicables y por la Norma Foral de Presupuestos de cada ejercicio.
El diputado o la diputada foral de Presidencia y los Presidentes o las Presidentas - Directores o Directoras de los organismos autónomos forales, en el ámbito de sus competencias, procederán a autorizar, disponer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago de los expedientes relativos a remuneraciones del personal, con excepción de los referentes a seguros personales que serán gestionados por el Departamento de Hacienda y Finanzas.
