Da 7 Directrices de Ordenación General y del Turismo
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»D.A. 7ª. Modificación de la Ley 2/ 2003, de 10 de febrero, de Vivienda de Canarias.
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Se introduce la siguiente modificación en el texto de la Ley 2/2003, de 10 de febrero, de Vivienda de Canarias:
«Artículo 27. De la afectación de suelo en el planeamiento municipal.
1. En los municipios declarados de preferente localización de viviendas protegidas, los planes generales habrán de destinar a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública como mínimo el 25% del aprovechamiento con destino residencial del conjunto de los suelos urbanizables y urbanos no consolidados.»
(...)
