Da 7 Ejercicio de las profesiones del deporte en Cataluña
- Las referencias que la presente ley hace a los animadores o monitores deportivos profesionales se entienden hechas a los monitores deportivos y las referencias que hace a los entrenadores profesionales se entienden hechas a los entrenadores deportivos.
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»D.A. 7ª. Inscripción de profesionales del grado profesional de danza.
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Los profesionales que tienen la titulación de grado profesional de danza, regulado por el Decreto 24/2008, de 29 de enero, pueden inscribirse en el Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Cataluña como monitores deportivos.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 7ª. (se añade)) por LEY 7/2015, de 14 de mayo, de modificación de la Ley 3/2008, del ejercicio de las profesiones del deporte.
(GC de 20-05-2015) en vigor desde 21-05-2015
