Da 7 General presupuestaria
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»D.A. 7ª Gastos corrientes de los centros docentes públicos no universitarios.
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La gestión de los créditos de gastos de funcionamiento de los centros docentes públicos no universitarios, se efectuará con las especialidades incorporadas en la Ley 12/1987, de 2 de julio, por la Ley 37/1988 de Presupuestos Generales del Estado para 1989.
