Da 7 Gobierno de Illes Balears
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D.A. 7ª. Modificación de la Ley 6/2008, de 22 de mayo, del Estatuto de los expresidentes del Parlamento de las Illes Balears

Vigente

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Se modifica el apartado 1 del artículo único de la Ley 6/2008, de 22 de mayo, del Estatuto de los expresidentes del Parlamento de las Illes Balears, que quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo único

1. Las personas que hayan ocupado la Presidencia del Parlamento de las Illes Balears tienen derecho a recibir, con carácter permanente, el tratamiento de señor o señora y las atenciones honoríficas y protocolarias correspondientes, siempre que no hayan cesado por sentencia firme de los tribunales que las inhabiliten para ostentar el cargo de diputado o por incompatibilidad declarada y publicada, de acuerdo con la normativa específica de aplicación."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-02-2019 en vigor desde 03-02-2019