Da 7 medidas 2025 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
D.A. 7ª. Creación de la categoría profesional de psicólogo/a general sanitario/a
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Copiloto jurídico
Se crea la categoría profesional de psicólogo/a general sanitario/a, con las siguientes características:
Psicólogo/a general sanitario/a.
Se crea la categoría estatutaria de psicólogo/a general sanitario/a.
Naturaleza jurídica: estatutaria.
Régimen jurídico: Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.
Grupo/subgrupo de clasificación profesional: A1. Personal sanitario.
Titulación exigida para el acceso: licenciado/graduado en Psicología con título de máster oficial en Psicología General Sanitaria.
Funciones: las previstas en la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de la salud pública (realización de investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de su salud, siempre que dichas actividades no requieran una atención especializada por parte de otros profesionales sanitarios), cuando estas no estuvieran incluidas en la cartera de servicios comunes de atención a la salud mental, reguladas por el Real decreto 1.030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
Retribuciones: grupo retributivo 1.238 recogido en la tabla retributiva I aplicable al personal estatutario del Sistema Valenciano de Salud.
