D.A. 7ª. Estructura territorial del Instituto Catalán de Energía
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Se dota al Instituto Catalán de Energía de estructura territorial que debe trabajar en coordinación con los servicios territoriales del Departamento competente en materia de energía con el fin de dar continuidad a las tareas llevadas a cabo por la red de oficinas comarcales de transición energética subvencionada por el Instituto Catalán de Energía, con el objetivo de prestar apoyo a los entes locales y a las comunidades energéticas en el despliegue del PLATER y en otros proyectos de transición energética, garantizando la representatividad comarcal.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 7ª (se añade)) por Decreto ley 22/2025, de 28 de octubre, para aumentar la resiliencia del suministro eléctrico en Cataluña
(GC de 30-10-2025) en vigor desde 31-10-2025
