Da 7 Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia
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»D.A. 7ª. Reducción de plazos
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Atendiendo a las razones de urgencia que concurren en los procesos selectivos regulados por la presente ley derivadas de la necesidad de cumplimiento de los plazos establecidos por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, la persona titular de la dirección general competente en la materia de función pública o, en su caso, el órgano competente de la entidad del sector público autonómico convocante, podrá disponer la reducción a la mitad de los plazos de los procesos selectivos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
