Da 7 se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea
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»D.A. 7ª. Avales de Aena, S.M.E., S.A., y de las sociedades mercantiles estatales de su grupo empresarial.
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Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley, Aena, S.M.E., S.A., y las sociedades mercantiles estatales en las que participe directa o indirectamente de su grupo empresarial, podrán formalizar avales u otro tipo de garantías por cuenta de terceros, incluyendo cartas de patrocinio, a favor de las sociedades mercantiles en cuyo capital participen directa o indirectamente, en relación con las operaciones de crédito que se concierten, con los contratos relacionados con su actividad o con las obligaciones derivadas de concursos de adjudicación en que participen.
