Da 7 Montes de Aragón

Da 7 Montes de Aragón

Ver Indice
»

DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Creación del Comité Forestal de Aragón.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En el plazo de un año contado desde la fecha de entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno de Aragón procederá a la creación del Comité Forestal de Aragón, previsto en el artículo 59 de la presente Ley.