Da 7 Presupuestos 2005 Cantabria
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Subvenciones a entidades prestadoras de servicios con consignación presupuestaria.
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Con vigencia exclusiva durante el año 2005, a las entidades prestadoras de servicios con consignación presupuestaria en la Ley de Cantabria 3/2003, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2004, se las podrá conceder subvenciones de forma directa, con el objeto de garantizar el mismo nivel de prestación de servicios o realización de proyectos que venían desarrollando.
Desde la Consejería de Economía y Hacienda se adoptarán las medidas necesarias para instrumentar lo dispuesto en el párrafo anterior.
