Da 7 Presupuestos generales 2025 de la comunidad autónoma de las Illes Balears
D.A. 7ª. Duración de los procedimientos de resolución contractual
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Los procedimientos de resolución contractual que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, tramiten los órganos de contratación de la Administración de la comunidad autónoma de les Illes Baleares y de los entes que integran su sector público instrumental, deben instruirse, resolverse y notificarse en el plazo máximo de ocho meses a contar desde la fecha en que el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, acuerde la incoación del procedimiento de resolución.
Asimismo, este plazo será de aplicación a los procedimientos de resolución contractual que tramiten los órganos de contratación de los consejos insulares y del resto de entidades locales de las Illes Balears y de la Universidad de las Illes Balears.
