Da 7 Reglamento del IVA
Ver Indice
»D.A. 7ª. Referencia normativa.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los términos ''la Comunidad'' y ''la Comunidad Europea'', que se recogen en este Reglamento, se entenderán referidos a ''la Unión'', los términos ''de las Comunidades Europeas'' o ''de la CEE'' se entenderán referidos a ''de la Unión Europea'', y los términos ''comunitario'', ''comunitaria'', ''comunitarios'' y ''comunitarias'' se entenderán referidos a ''de la Unión".
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 7ª (se añade)) por Decreto Foral 53/2015, del Consejo de Diputados de 15 de septiembre, que modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril.
(VI de 25-09-2015) en vigor desde 26-09-2015
