Da 7 TR. de la ley de urbanismo de Aragón
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»D.A. 7ª. Régimen de la información pública.
Vigente
Será preceptivo reiterar el trámite de información pública en un mismo procedimiento cuando se introduzcan modificaciones sustanciales en el instrumento de planeamiento o gestión o en la autorización o licencia en tramitación.

