Da 8 Colegios Profesionales de I. Balears
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»D.A. 8ª.
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En todo aquello que no esté previsto a esta ley, se aplicará la normativa estatal sobre colegios profesionales.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 8ª (se añade)) por Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior
(PM de 25-11-2010) en vigor desde 26-11-2010
